Comunicado de RSA
A partir del 14/06/2007 se incorpora un período de carencia de 72 hrs. para la cobertura de daños de la naturaleza (Huracanes, Tornados, Tempestades, Granizo, Anegación), para los seguros nuevos o incorporación de estas coberturas a seguros ya existentes.
Esta medida significa que a partir de la fecha de aceptación del seguro por parte de la Compañía, este adicional de cobertura entrará en vigencia luego de transcurrido el período señalado.
Esto es de aplicación para las carteras de propiedad de LINEAS COMERCIALES y LINEAS PERSONALES.
Se deberá tomar en cuenta que se incluyen también todas las pólizas que posean una cobertura Paquete.
Esta condición figurará en toda cotización y cada póliza nueva que cuente con esta cobertura.